Separaciones

A efectos jurídicos las separaciones tienen los mismos que los divorcios. Puede ser de mutuo acuerdo o contenciosas. La separación supone la disolución de la convivencia del matrimonio pero no el fin completo puesto que el vínculo matrimonial no se rompe. El cese de la convivencia es reconocida legalmente. En los casos que no sea de mutuo acuerdo puede ser denunciada como un delito de abandono del domicilio familiar.

Un inconveniente de las separaciones es que el régimen económico familiar no se liquida, al contrario que en los divorcios, y puede derivar en problemas económicos como deudas cuando existe un régimen de bienes gananciales. Para controlar no caer en este tipo de situaciones acuda a una separación judicial de mutuo acuerdo o en caso de no estar de acuerdo con el cese de la convivencia, presente una demanda de separación contenciosa. En ambos casos se dejará constancia a través de un reglamento de las normas que regularán sus relaciones patrimoniales y la custodia de sus hijos. 

Divorcios Almería

 

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